La Audiencia de Navarra absuelve a un sevillano que fue acusado de violar a una joven en Pamplona

La supuesta víctima aseguró que el encausado la atosigó para que bebiera alcohol en una discoteca, que se sintió "tonta o aturdida" y que sólo recordaba "flashes"

El tribunal destaca las "contradicciones" de la joven y ve más creíble al acusado, que admitió que habían tenido sexo consentido en la calle y negó cualquier abuso en la residencia donde se alojaba

La Audiencia de Navarra también quita un año de cárcel a otros dos miembros de la Manada

El caso ha sido juzgado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra.
El caso ha sido juzgado en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Navarra. / Villar López (Efe)

La Audiencia de Navarra acaba de juzgar una presunta violación en el que el sospechoso era sevillano, el escenario fue Pamplona y la denunciante insinuó que pudo ser agredida por el acusado y un amigo también de Sevilla. El caso remite de forma inevitable al detestable suceso protagonizado por la Manada en los Sanfermines de 2016, pero el desenlace ha sido totalmente distinto porque los jueces han absuelto al encausado. La presunta víctima pedía siete años de cárcel para él, mientras que la Fiscalía no lo acusó.

Los jóvenes, según detalla la Sección Primera de la Audiencia navarra en su relato de hechos probados, se encontraron en una discoteca de Pamplona sobre las 5.00 de la madrugada del 28 de noviembre de 2021. El procesado, de 24 años y sin antecedentes, iba con un amigo. La denunciante, de 18, estaba con cuatro amigas. Allí mismo “se besaron” y después salieron a la calle, donde tuvieron una relación sexual. Ella regresó al local “a los quince minutos”.

Más tarde “fueron juntos a la residencia universitaria Micampus”, donde se alojaban los dos sevillanos. “Subieron los tres junto con una encargada que les abrió la puerta de la habitación”, explica la Sala. “Transcurridos unos minutos, el amigo salió de la habitación” y los otros dos se quedaron. Cuando el acusado se levantó, “despertó a la joven” y esta telefoneó a su madre.

La Audiencia establece por tanto que existió “una relación sexual”, pero se refiere a la ocurrida en la calle. “No ha quedado probado que se hubiese mantenido en la habitación de la residencia y sin consentimiento de ella”, aclara.

En el juicio, la denunciante negó que tuviesen sexo en una plaza, pero porque “salió un señor de un portal” y les llamó la atención. También aseguró que el encausado estuvo “todo el rato” ofreciéndole cubatas, que se sintió “rara, como tonta o aturdida”, y que a partir de la llegada a la habitación recordaba sólo “flashes”. Según ella, el acusado la insultó y “le pegó contra la cómoda” además de forzarla. Cuando se despertó, los dos sevillanos y ella estaban “desnudos”.

El acusado, por su parte, aseguró que “ella empezó a besarlo en la discoteca” y después “le dijo que quería follar”, así que “fueron a una plaza y en unos escalones mantuvieron una relación sexual”. Ya en la residencia, “él cayó muerto en la cama y se quedó dormido”.

En esta residencia se alojaban los dos sevillanos. Allí durmió la denunciante aquella noche.
En esta residencia se alojaban los dos sevillanos. Allí durmió la denunciante aquella noche. / M.G.

El tribunal basa la absolución en la “insuficiencia incriminatoria del testimonio de la víctima” para destruir la presunción de inocencia del procesado. “No se aprecia verosimilitud”, espetan los magistrados. E insisten en que “no existe corroboración de que hubieran tenido una relación sexual no consentida en la habitación de la residencia”. “La presencia de ADN masculino en la denunciante y el reconocimiento del acusado de haber mantenido una relación sexual en las proximidades de la discoteca no permiten inferir [...] que aquel hecho [la violación] resulte acreditado sólo por la manifestación de la denunciante”, añaden.

“Si bien es cierto que se quedaron solos en la habitación, sin embargo [...] no se constató que presentara ningún tipo de lesión corporal”, explica el tribunal. Su sentencia sí admite que la denunciante sufrió “una fisura anal”, pero “los forenses en el juicio pusieron de manifiesto que podría tener un origen distinto al de un intento de penetración, como el estreñimiento”.

La única duda sobre el suceso, reconoce la Sala, es que no se practicó ninguna “prueba relevante de ADN” en la habitación que permitiese confirmar que existió esa “supuesta relación sexual”. Ni siquiera se contrastó que el esperma que tenía la joven fuese del sevillano. “No concurre ningún tipo de prueba biológica de restos que pudiera haber habido en la cama [...] y que hubiesen permitido corroborar la tesis acusatoria de que mantuvieron una relación sexual en ese lugar”, dice la Audiencia.

"Contradicciones" y "ambigüedades"

Ante el déficit de pruebas genéticas en la habitación de la residencia, el tribunal tuvo que atenerse básicamente a lo que oyó en el juicio. Y lo que escuchó de la víctima no le convenció. “La declaración de la denunciante no puede considerarse persistente a la vista de las contradicciones y de las ambigüedades en las que ha incurrido desde que formuló la denuncia hasta su versión en el juicio”, expone.

Esas “contradicciones” son sobre todo tres. Una, que afirmó haber recibido varios golpes que “debieron haberle dejado huellas” pero que sin embargo “no se apreciaron por los médicos que la examinaron”. “No puede excluirse que sea la manifestación de una fabulación del recuerdo, como explicó la psicóloga”, deduce la Sala. Otra es que el acusado la incitó a beber alcohol, algo que los testigos desmintieron. Y la tercera es que afirmó haber salido de la discoteca con el acusado y una amiga, algo que esta testigo también negó, y que en la residencia entró sólo con el acusado y una trabajadora de Micampus, relato desvirtuado por las grabaciones de las cámaras del establecimiento.

La versión del acusado le sonó mejor al tribunal. “No es inverosímil la manifestación de que muy próximo a ese lugar [la discoteca] mantuvieron una relación sexual, a pesar del frío y de nevar”, indica la sentencia, que recuerda las palabras de la víctima “relativas a que cuando salieron de la discoteca, en un momento determinado él le bajó las medias y la braga y empezó a bajarse el pantalón”. “Revelan una intención de mantener relación en el lugar”, añade.

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