Una notaria explica la mejor vía para que tus padres te ayuden con la hipoteca, sin poner en riesgo todos sus bienes: "Avalar o no avalar, esa es la cuestión"

Conviene diferenciar entre avalista e hipotecario no deudor, dos figuras distintas para hacer frente a las deudas en caso de impago

María Cristina Clemente Buendía
María Cristina Clemente Buendía / Instagram

Comprar una casa es una decisión muy importante, que implica una serie de trámites burocráticos imprescindibles para solicitar una hipoteca. De esta forma, es posible financiar el pago de la propiedad, poniéndola a su vez como garantía del préstamo. Hay que tener en cuenta también que, en ocasiones, el banco puede requerir de un aval, si considera que el solicitante representa un riesgo de impago.

El Banco de España define aval como "un contrato por el que una persona física o jurídica garantiza o asegura el cumplimiento de obligaciones, asumiendo el pago de una deuda de otra persona si esta no lo realiza". Además, se compromete a ello "con todos sus bienes, salvo que se establezcan límites a esa responsabilidad".

Pero ¿es siempre la mejor opción para una hipoteca? "Avalar o no avalar, esa es la cuestión", comenta la notaria María Cristina Clemente Buendía en redes sociales y procede a explicar algunos puntos de interés para aquellos padres que están pensando en avalar a sus hijos.

La diferencia entre avalistas e hipotecantes no deudores

"Si el banco, para completar la garantía en tu préstamo hipotecario, pide que también firmen tus padres o pareja, mejor que lo hagan como hipotecantes no deudores", sostiene la experta, en detrimento de la ya mencionada figura de fiadores o avalistas. Ahora bien, ¿qué significa esto exactamente?

"Si tus padres o tu pareja firman como fiadores, asumen una obligación de pago frente al banco si tú, prestatario, no cumples", observa Clemente Buendía. "Además, responden con todos sus bienes presentes y futuros", lo cual implica un serio riesgo para su patrimonio. Sin embargo, la situación es diferente si se acogen a la figura de hipotecante no deudor.

¿Qué es un hipotecante no deudor?

"Lo normal cuando alguien formaliza un préstamo hipotecario es que sea también propietario del bien que se hipoteca, pero no sucede así en el caso del hipotecante no deudor", informan desde Financlick. Hablamos de "aquella persona física o jurídica que, teniendo un inmueble en propiedad, lo ofrece en garantía al acreedor financiero o entidad para que éste formalice un préstamo con un tercero. Ofrece un bien para hipotecar, pero no es el deudor del préstamo".

La principal diferencia estriba entonces en que, mientras que un avalista en caso de impago, responde a la deuda con la totalidad de su patrimonio, el hipotecario no deudor lo hace únicamente con aquellos bienes o suma de dinero que ha dispuesto para ello. Es decir, existe una responsabilidad limitada. La notaria Buendía subraya tres puntos muy interesantes a tener en cuenta:

  • "Primero, no asumen ninguna obligación frente al banco. Por lo tanto, si una cuota no se paga, el banco no les puede reclamar.
  • Segundo, están limitando su responsabilidad a un bien concreto, el que se hipoteca, dejando a salvo todos los demás.
  • Tercero, habrá dos hipotecas, el piso que tú compras y el de tus padres. De modo que, una vez que hayas amortizado (pagado el préstamo en la cantidad de que responde la vivienda de tus padres), podrás solicitar del banco la cancelación de la hipoteca del inmueble de tus padres, que quedarán así liberados de la obligación mucho antes de la cancelación definitiva del préstamo".
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